De opinión

Actuación del abogado en la sostenibilidad de la empresa (2 de 2 )

Por ROMMEL SANTOS DIAZ

En el desarrollo de estas nuevas actividades, los abogados deben responder a la aplicación de comunicación y transparencia, también cuando asesoran sobre los riesgos que asumen las empresas. Y deben hacerlo sin poner en riesgo los deberes de confidencialidad, las obligaciones legales de la protección de datos y por supuesto, la privilegiada relación de confianza abogado- cliente, especialmente cuando la información sobre riesgos o sobre atentados potenciales sobre los derechos humanos se tenga de terceros con quienes las compañías tienen algún tipo de relación mercantil.

Como ejemplo de lo anterior podemos establecer que los abogados deben poder identificar donde se producen los problemas para diagnosticar correctamente las causas y proponer soluciones adecuadas; deben asesorar a sus clientes multinacionales para que eliminen todas las formas de racismo y discriminación racial, o de xenofobia o cualquier otra manifestación conexas de intolerancia dentro de la empresa, especialmente en relación con las personas pertenecientes a minorías étnicas, personas con discapacidad o personas que pertenecientes a grupos  que han pasado a ser vulnerables, como los trabajadores migratorios.

Los abogados de empresa deben asesorar a sus clientes para que garanticen la participación, en condiciones de igualdad, de la mujer en la vida empresarial y para que erradique todas las formas de discriminación basadas en el sexo, en particular todas aquellas derivadas de prejuicios culturales que son incompatibles con la dignidad y la valía de la persona humana.

También, deben asesorar a sus clientes para que garanticen las condiciones mínimas de atención a la maternidad, y asegurar rigurosamente que – sea cual sea la legislación nacional aplicable- la empresa cumple estrictamente con las obligaciones recogidas por la Convención de derechos del Niño, sea cual sea la legislación local aplicable.

Estas entre otras muchas cuestiones son ejemplos de casos reales que han producido crisis empresariales de envergadura en el mundo globalizado por la falta de compromiso de las empresas multinacionales con la implementación de los Derechos Humanos, o bien por no haber sido hasta ahora conscientes de la necesidad de su implementación.

La falta de desarrollo económico, política o social ya no puede invocarse como justificación para limitar o no respetar los derechos humanos internacionalmente reconocidos en aras a la consecución de un inmediato beneficio económico.

Esta visión de los negocios ya ha sido internacionalmente relegada. Es urgente, por lo tanto, la formación en esta materia desde un enfoque internacional y multinacional de los que tienen la responsabilidad del asesoramiento jurídico en la actividad empresarial.

La incorporación de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos en las políticas internas de las empresas y, en caso de que exista, el respeto de los Planes Nacionales a través de los cuales los Estados se han comprometido a hacer cumplir estos principios, va a permitir que las empresas las más altas cuotas de responsabilidad social en sus relaciones internacionales.

Ahora bien, ni la abogacía, ni las empresas ni las personas privadas van a poder conseguirlo actuando en solitario. Sería una labor titánica. Se requiere la cooperación de los Estados receptores para elaborar la legislación adecuada, eliminar los obstáculos al desarrollo y desarrollar políticas eficaces, tanto en el establecimiento de relaciones económicas equitativas, como en la generación de entornos económicos que preserven la dignidad humana. Los Estados necesitan a su vez de la cooperación de las organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil, tanto la local como la internacional, para que coadyuven en la creación de esas condiciones favorables para el disfrute pleno y efectivo de los derechos.

Finalmente, los Estados necesitan sobre todo crear sistemas judiciales y extrajudiciales de resolución de conflictos, que funcionen eficazmente para la reclamación en caso de vulneraciones de los derechos humanos. Rommelsantosdiaz@gmail.com

 

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